*NO A LA CRIA DE GANADO BOVINO EN LA LAGUNA DE ALTO BARINAS SUR*


La laguna de Alto Barinas Sur, también conocida como Pozo Artesiano no se puede criar ganado bovino búfalo, nuestra Constitución establece en su artículo 304 nos dice que todas las aguas son bienes de dominio público de la Nación e insustituibles para la vida y desarrollo, el Pozo Artesiano o la Laguna de Alto Barinas Sur, es una perforación que extrae agua de un acuífero confinado a gran profundidad, dónde el agua está bajo tanta presión natural que brota expontaneamente a la superficie sin necesidad  de utilizar bomba mecánica surtiendo a los demás pozos de Alto Barinas Sur, introducir cría de búfalo en una zona urbana como es Alto Barinas Sur, específicamente en el entorno del pozo artesiano o cuerpo de agua comunitario, no es recomendable ni legalmente viable por la contaminación de las aguas de la urbanización.

La cría de búfalo (Bubalus Bubalulis) es un animal extraordinario para la producción de carne y leche en los llanos centrales y occidentales de nuestra amada Venezuela, su manejo requiere condiciones muy específicas que chocan directamente con la normativa ambiental y de convivencia ciudadana de la zona urbanística. para el abogado y defensor de los derechos humanos José Martínez, de llevar acabó está cría de búfalo en la laguna o pozo artesiano de Alto Barinas Sur se estaría comenzando un delito de Lesa Humanidad contaminando el agua potable de los habitantes de la zona, es importante conocer el impacto Ambiental en la Fuentes de Agua.

El pozo artesiano y las lagunas o nacientes de Alto Barinas Sur son recursos hídricos fundamentales para la comunidad y el ecosistema local.

Contaminación por deyecciones: Los búfalos pasan gran parte del día sumergidos en el agua para regular su temperatura corporal (carecen de suficientes glándulas sudoríparas). Sus heces y orina directamente en el agua elevan drásticamente la carga de coliformes y nutrientes, provocando la eutrofización (crecimiento descontrolado de algas que agota el oxígeno y pudre el agua).

Destrucción de riberas: Por su gran peso (un búfalo adulto pesa entre 400 y 800 kg), el pisoteo constante en las orillas del pozo destruye la capa vegetal, compacta el suelo de forma irreversible y genera una fuerte erosión que termina colmatando llenando de sedimentos y secando) el cuerpo de agua.
El Marco Legal.

Desde el punto de vista jurídico, la cría de ganado bovino búfalo en áreas residenciales o de preservación urbana está estrictamente prohibida:

Nuestra Constitución como bien lo señale en su artículo 304 nos da la aclaratoria del pozo o laguna como también de los ríos son de dominio público, el artículo 539 de nuestro Código Civil nos establece muy claro, los bienes de la Nación, de los Estados y de las Municipalidades, son De dominio público o de dominio privado, señalando expresamente como bienes de dominio público a los caminos, los lagos, los ríos, muralla, todos, puentes de las plazas de guerra y demás bienes semejantes, la Ley de Aguas establece que las aguas son de dominio público y su conservación es prioritaria. Ninguna actividad privada o de explotación pecuaria puede comprometer la calidad de un acuífero o de un un cuerpo de agua como es el pozo arteseano, la Ley orgánica del Ambiente y la Ley Penal del Ambiente, sanciona penalmente y administrativamente las actividades capaces de degradar las fuentes de agua, la vegetación protectora y los suelos. El vertido de residuos orgánicos ganaderos en agua pública constituye un delito ambiental.

La Ordenanza Municipales nos establecen las normativas de zonificación urbana y de convivencia ciudadana prohíben la permanencia y cría de ganado (vacuno, bufalino o porcino) dentro del perímetro urbano de la ciudad de Barinas por razones de salud pública, olores y ordenamiento territorial. El Riesgos Sanitarios y Comunitarios.

Salud Pública el estancamiento de aguas contaminadas por ganado favorece la proliferación de sectores de enfermedades como: mosquitos, bacterias como Leptospira, parásitos a escasos metros de las viviendas creando enfermedades en la comunidad de Alto Barinas Sur, para finalizar Martínez le hace el llamado a los representantes de la constructora al ciudadano Alexis Salas a reflexionar y hable con su jefe para parar esta grave problemática que puede convertirse en un delito de Lesa Humanidad, el pozo arteseano de Alto Barinas Sur debe ser reservado exclusivamente para funciones ecológicas, paisajísticas o un parque recreacional . La ganadería bufalina requiere de grande extensiones de terreno fincas, potreros adecuados para el pastoreo y lagunas de sacrificio o de control que no comprometan los lis acuíferos de uso humano, no a la cría de búfalo en la Laguna de Alto Barinas Sur.

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